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Compra Protegida

Asegura tus compras de valor. 

Te proponemos una manera de asegurar lo que tanto tiempo y trabajo te costó comprar.

En MetLife cuidamos lo que más te importa. 

Por más información puede acceder al texto de la póliza completo en el siguiente link.

 

Características Comerciales

La Compañía Aseguradora cubre el Daño Accidental, el Hurto y la Rapiña de los bienes que tu adquiriste en un local empresarial determinado efectuando la compra en forma presencial, y/o a un local empresarial determinado efectuando la compra por medio postal, telefónico, televisivo, informático o similar. 

La indemnización será equivalente al valor de mercado de los Bienes Asegurados al momento del siniestro con el límite del Capital Asegurado indicado en las Condiciones Particulares de la Póliza. 

  • Pérdidas ocurridas en lugares en situación de o afectados por guerra, guerra civil, revolución, sublevación, actos terroristas y delitos contra la seguridad interior del estado.
  • Dolo y/o culpa grave del Asegurado.
  • Si el siniestro ocurre a consecuencia de la participación activa del Asegurado en empresa criminal (delito o tentativa de delito).
  • Multas, sanciones, o cualquier otro tipo de prestación que el Asegurado sea obligado a pagar por el Hurto, Rapiña o extravío de alguno de los objetos cubiertos por la póliza.
  • Hechos ocurridos fuera del territorio de la República Oriental del Uruguay.
  • Cuando el hecho que da lugar al reclamo lo produce en grado de autor, coautor o cómplice personas que tienen la siguiente relación con el Asegurado: cónyuge o concubino, padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, suegros o padres del concubino, empleado o amigo.
  • Extravío o desaparición misteriosa como consecuencia del descuido del Asegurado.
  • Los daños ocasionados a terceros que hayan sido afectados directa o indirectamente por la ocurrencia del riesgo asegurado mediante la póliza y que no tengan la calidad de Asegurado.
  • Los artículos, elementos o bienes que no califiquen como Bienes Asegurados.
  • Los siguientes artículos, elementos o bienes: las joyas, alhajas, piedras preciosas, gemas, relojes, antigüedades y obras de arte; cheques de viaje; equipos especializados como equipos médicos, de ingeniería; equipos y materiales de uso industrial tales como equipo de ferretería, de construcción; dinero en efectivo;
  • Teléfonos celulares y cualquier otro dispositivo móvil, salvo que las partes hayan decidido otorgar cobertura a estos bienes y los mismos sean mencionados en forma expresa como cubiertos por la Póliza en las Condiciones Particulares.
  • Cualquier pérdida consecuencial, incluida pero no limitada a interrupción de negocios, demora, lucro cesante o similar.
  • Daños causados directa o indirectamente por sismo, terremoto, inundación, reacción nuclear, radiación nuclear, contaminación radioactiva, incendio, explosión, temblor, tifón, huracán, tornado, ciclón, fuego subterráneo, rayo u otro fenómeno o tragedia natural.
  • Daños causados por uso normal, desgaste natural o vicios propio del bien.
  • Daños que se manifiesten como defectos estéticos, tales como rayaduras a superficies pintadas, pulidas o esmaltadas. Sólo serán indemnizadas cuando sobrevengan a consecuencia de un siniestro indemnizable que haya afectado también otras partes de los Bienes Asegurados e impidan el correcto y normal funcionamiento de los Bienes Asegurados.

Si estás interesado en este producto

completá el formulario y comunicate al 0800-2700, o escribinos a atencion.clientes@metlife.com.uy para mayor asesoramiento.