Glosario
- Accidente
-
Es todo suceso imprevisto, involuntario, repentino y fortuito, causado por medios externos, que afecte el organismo del Asegurado provocándole lesiones, que se manifiesten por heridas visibles o contusiones internas, incluyéndose asimismo el ahogamiento y la asfixia, torcedura y desgarramientos producidos por esfuerzos repentinos, como también estados septicémicos e infecciones que sean la consecuencia de heridas externas e involuntarias y hayan penetrado por ellas al organismo o bien se hayan desarrollado por efecto de contusiones.
- Asegurado
-
Persona física que tiene interés en el riesgo cuya cobertura de seguro contrata y cuya Solicitud de Seguro ha sido evaluada y aceptada expresamente por el Asegurador.
- Asegurador
-
Es la empresa que asume la cobertura del riesgo, previamente autorizada a operar por el Poder Ejecutivo y habilitada por la Superintendencia de Servicios Financieros.
- Asegurados colectivos
-
Las personas cubiertas por una póliza de seguro colectivo.
- Beneficiario
-
Personas designadas por el Asegurado que percibirán el beneficio establecido en la póliza en caso que ocurra alguno de los hechos indemnizables definidos en la Póliza.
- Beneficiario contingente
-
Quien recibirá el beneficio si el beneficiario primario no existe cuando ocurre el hecho indemnizable definido en la Póliza (por ejemplo muere antes que el asegurado).
- Beneficiario primario
-
El primero con derecho al cobro del beneficio.
- Beneficio de doble indemnización
-
Un beneficio en el cual el Asegurador paga el doble del Capital Asegurado
- Beneficio por enfermedad terminal
-
Un beneficio en el cual el Asegurador paga el beneficio establecido en la Póliza al Contratante / Asegurado afectado por una enfermedad terminal de las listadas en la Póliza y cumplidas las demás condiciones previstas en la Póliza.
- Beneficio de exención de pago de prima por invalidez
-
El Asegurador promete renunciar a su derecho a cobrar las primas de renovación que venzan mientras el Asegurado está en estado de invalidez total.
- Beneficio de ingresos por invalidez total
-
Establece el pago de una renta mensual al Contratante / Asegurado en el caso de invalidez total.
- Beneficio por muerte accidental
-
Si el Beneficiario muere como consecuencia de un Accidente, el Asegurador pagará al Beneficiario un monto en dinero además del beneficio básico por muerte estipulado en la Póliza de seguro de vida.
- Beneficio por muerte
-
La cantidad pagada o a ser pagada al Beneficiario cuando el Asegurado bajo una Póliza de seguro de vida muere.
- Beneficios por invalidez
-
Beneficios que son pagados periódicamente mientras el Asegurado continúa sufriendo de invalidez (con un cierto límite). «Estar inválido» generalmente es definido en la Póliza en términos de la incapacidad para trabajar.
- Beneficios por accidentes de viaje
-
Un beneficio por muerte por accidente a menudo incluido en las Pólizas colectivas o de grupo. Este beneficio es pagado solamente si un accidente ocurre mientras un empleado está viajando por motivos de negocios o por motivos que su empleador o patrón ha requerido.
- Capital asegurado
-
Es el monto contemplado en la Póliza que se pagará una vez ocurrido el Siniestro.
- Carencia
-
Es el período que transcurre entre el alta de la Póliza y la posibilidad de solicitar determinados servicios de asistencia o coberturas.
- Certificado individual de cobertura
-
Un documento que se entrega a los Asegurados bajo una Póliza Colectiva en el cual el Asegurador describe las cláusulas más relevantes de la Póliza.
- Cláusula adicional
-
Una modificación a una Póliza que pasa a ser parte del contrato de seguro ya que amplía o limita los beneficios pagaderos en virtud de dicho contrato.
- Coberturas
-
Contingencias cubiertas por la Póliza.
- Condición preexistente
-
Una lesión que ocurrió o una enfermedad que se manifestó por primera vez antes de la emisión de la Póliza.
- Condiciones generales
-
Parte del contrato en la que se establece el marco de derechos y obligaciones entre el Contratante- Asegurado y el Asegurador.
- Condiciones particulares
-
Parte del contrato que establece condiciones más específicas a las mencionadas en las Condiciones Generales, tales como: datos personales, sumas a indemnizar, vigencia del contrato, Beneficiarios, etc.
- Contratante
-
O tomador del seguro es la persona que estipula el contrato con el Asegurador, asumiendo las obligaciones que ésta le impone: pagar la prima, fundamentalmente.
- Corredor
-
Es un agente de ventas de comisión, contratado por más de un compañía de seguros para vender sus productos.
- Cuenta de Ahorro
-
En los seguros de vida con ahorro, es el fondo de ahorro generado con los aportes efectuados por el Asegurado.
- Departamento de Beneficios
-
Es el departamento responsable de la tramitación de reclamos. En este departamento, los examinadores revisan los reclamos presentados por los contratantes de las pólizas o beneficiarios, verifican la validez del reclamo, y autorizan el pago de los beneficios a la persona adecuada.
- Departamento de suscripción
-
Este departamento selecciona los riesgos que el Asegurador asegurará. Es responsable de asegurar que las tasas de mortalidad o morbilidad reales de los asegurados no sobrepasen las tasas supuestas cuando se calcularon las tasas de las primas. Este departamento considera la edad, peso, condición física, historia personal y familiar, ocupación y recursos financieros del solicitante de un seguro, como también, otros factores de selección para determinar el grado de riesgo presentado por el asegurado propuesto.
- Departamento de Servicio al Cliente
-
Es el departamento en una compañía de seguro de vida y de salud que está encargado de proporcionar asistencia a los clientes de la compañía, los contratantes de las pólizas, agentes, corredores y beneficiarios.
- Derecho de emisión
-
Es el importe relacionado con el monto de la prima que cobra el Asegurador para los gastos de emisión del contrato.
- Derecho de revocación
-
Es el derecho del Asegurado a cambiar la designación de Beneficiario cuantas veces lo desee durante la vigencia de la Póliza. La modificación deberá ser notificada en forma fehaciente al Asegurador.
- Emisión garantizada
-
De aplicar este beneficio o condición, el solicitante del seguro no puede ser rechazado por razones relacionadas con su estado de salud.
- Endosos
-
Son las modificaciones introducidas por acuerdo de partes a las condiciones de la Póliza vigentes (Ejemplo: cambio de beneficiarios).
- Exclusiones
-
Son circunstancias previstas en la Póliza que, en caso de configurarse, liberan al Asegurador de su obligación de abonar el beneficio.
- Extraprima
-
Es el recargo a la prima cuando se trata de riesgos agravados, por ejemplo, por problemas de salud, actividades peligrosas o deportes riesgosos.
- Factores de riesgo
-
Cualquier aspecto de la salud, ocupación, actividades o estilo de vida del asegurado propuesto que podría incrementar la morbilidad o mortalidad esperada. También conocido como problema de salud específico.
- Formulario de reclamación
-
Es una solicitud para el pago de los beneficios contemplados bajo una Póliza.
- Interés
-
Dinero que debe ser pagado por el uso de un dinero obtenido.
- Interés asegurable
-
Se entiende que el Asegurado debe tener probabilidades de sufrir una pérdida o perjuicio genuino en caso de ocurrir el suceso contra el cual está asegurado.
- Invalidez parcial
-
La invalidez que impide al Asegurado llevar a cabo algunas de las tareas de su ocupación habitual o dedicarse a esa ocupación a tiempo completo. El monto correspondiente al beneficio de ingresos por invalidez que se paga cuando un asegurado está afectado por invalidez parcial se describe en la Póliza.
- Invalidez total
-
La definición usual de invalidez total estipula que se considera que un Asegurado sufre invalidez total si al inicio de la invalidez ésta le impide realizar las labores esenciales de su ocupación habitual. Al final de un período determinado después del inicio de la invalidez (período estipulado en la póliza), se considera que un Asegurado sufre invalidez total sólo si esta condición le impide trabajar en cualquier ocupación para la cual se encuentra preparado en forma razonable, en términos de educación, capacitación o experiencia.
- Objeto del Seguro
-
Es la finalidad de prevención de un riesgo mediante su cobertura por parte de un Asegurador que se obliga, a cambio del pago de la prima, a hacer frente a las consecuencias económicas de un siniestro, mediante su resarcimiento o indemnización, bajo los límites establecidos en la Póliza.
- Período de gracia
-
En el caso de seguros de vida, un período de tiempo determinado en la Póliza contado desde el vencimiento de la prima sin que esta haya sido abonada, durante el cual se mantiene la cobertura del seguro pese a la mora del Asegurado. Vencido ese período sin que la prima haya sido paga, cesa la cobertura.
- Persona clave
-
Cualquier persona o empleado cuya participación continuada es necesaria para el éxito de un negocio.
- Plazo de la póliza
-
Un período de tiempo especificado en las Condiciones Particulares de la Póliza durante el cual se mantiene vigente la cobertura del seguro.
- Póliza
-
Un documento escrito que contiene los términos del contrato entre el Asegurador y el Contratante de la Póliza.
- Póliza de seguro colectivo
-
Una Póliza emitida por un Asegurador que suscribe una cobertura de seguro para un grupo específico de personas.
- Póliza de seguro de vida temporal uniforme
-
Aquella que otorga un beneficio por muerte que permanece constante durante el plazo de la póliza.
- Póliza de seguro individual
-
Una Póliza emitida para asegurar la vida o salud de una persona designada.
- Póliza de vida entera de prima continua
-
Una Póliza cuyas primas se pagan hasta que ocurra la muerte del Asegurado.
- Préstamo contra la póliza
-
En ciertos tipos de seguros, un préstamo que el Contratante de la Póliza puede recibir y el cual es garantizado por el valor en efectivo de la Póliza.
- Prima
-
Es la prestación que el Contratante o Asegurado abona al Asegurador.
- Premio
-
Es la suma que paga el Contratante o Asegurado al Asegurador y que incluye la prima más los impuestos, tasas y demás recargos.
- Reaseguro
-
Un seguro que un Asegurador - denominada compañía cedente – contrata con otra compañía de seguros - denominada reaseguradora - con el objeto de traspasar riesgos sobre Pólizas emitidas por la compañía cedente.
- Reclamo
-
Una solicitud de pago bajo los términos de la Póliza.
- Reclamo erróneo
-
Cuando el Beneficiario honestamente comete un error al presentar un reclamo al Asegurador.
- Reclamo por muerte
-
La solicitud de pago de acuerdo a los términos de una Póliza de seguro de vida.
- Rehabilitación
-
El proceso por el cual un Asegurador pone en vigencia una Póliza de seguro de vida que ha caducado debido al no pago de las primas.
- Rescate
-
En un seguro de vida con ahorro, el retiro del total del fondo de ahorro.
- Reticencia
-
Toda declaración falsa o toda reticencia de circunstancias conocidas por el Asegurado, aun hechas de buena fe, que a juicios de peritos hubiese impedido el contrato o modificado sus condiciones, si el Asegurador hubiese sido cerciorado del verdadero estado del riesgo, que determina la nulidad del contrato y libera de responsabilidad al Asegurador.
- Retiro
-
En un seguro de vida con ahorro, extracción de una fracción del dinero del fondo de ahorro.
- Seguro de salud
-
Un tipo de seguro que protege contra el riesgo de pérdida financiera como resultado de una enfermedad, lesión accidental o invalidez de la persona asegurada.
- Seguro de vida
-
Seguro que provee protección en contra de la pérdida económica causada por la muerte de la persona asegurada.
- Seguro de vida temporal
-
Otorga un beneficio por muerte si el asegurado fallece durante el período especificado.
- Seguro de vida universal
-
Es un seguro de vida y ahorro que brinda la posibilidad de protegerse ante cualquier eventualidad, mientras invierte en su futuro. Se distingue por su transparencia y flexibilidad y permite ir adaptando el plan de acuerdo a nuevas o eventuales necesidades del asegurado, sin recurrir a otras pólizas o fondos de inversión.
- Selección de riesgos o suscripción
-
Es el proceso de evaluar y clasificar el nivel de riesgo que representa un asegurado propuesto.
- Siniestro
-
Es la concreción del riesgo tal como ha sido previsto en la Póliza, cuyo acaecimiento genera la obligación del Asegurador de pagar el beneficio.
- Solicitud de seguro
-
Manifestación que hacen las personas de sus datos personales, de su estado de salud, antecedentes y hábitos, para ser evaluada por el Asegurador. No constituye contrato hasta tanto no es aceptado por el Asegurador.
- Tabla de mortalidad
-
Muestran una lista de las tasas de mortalidad proyectadas para un grupo de personas determinadas.
- Tasa de mortalidad
-
El índice de muertes esperadas entre las personas cuyas vidas están aseguradas.
- Vencimiento de la póliza
-
Significa la finalización del plazo de la Póliza
- Vigencia de la póliza
-
Es el período de tiempo desde cuándo y hasta cuando se extiende la cobertura de la Póliza que es indicado en las Condiciones Particulares.